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La Ley 9/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2022, dispone en su artículo 60.c) que debe enviarse trimestralmente a la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública de las Cortes de Aragón, información relativa a: "Grado de cumplimiento, por organismo o entidad concedente, del porcentaje de contratos reservados a los efectos del artículo 7 de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón, según lo establecido en la disposición adicional decimoctava de la presente ley" (establece en el 3% el porcentaje mínimo de reservas sociales a aplicar sobre el importe total anual de su contratación de suministros y servicios precisos para su funcionamiento ordinario realizada en el último ejercicio cerrado) Asimismo, el artículo 7.5 de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón establece que, sin perjuicio de otras reservas que puedan llevar a cabo los órganos de contratación definidos en la disposición adicional segunda de esta ley, la concreción de los ámbitos, departamentos, organismos o contratos sobre los que se materializaran las reservas se realizara mediante orden del departamento competente en materia de contratación, dando cuenta al Gobierno de Aragón. |
ACUERDO CONSEJO DE GOBIERNO
Acuerdo de Gobierno de Aragón de 5 de junio de 2018, por el que se acuerda reservar la participación en el procedimiento de adjudicación de contratos a Centros Especiales de Empleo. (PDF, 333 KB)
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2022
Última actualización: 13/05/2022
Frecuencia de actualización: Trimestral