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Contratos reservados

Contratos reservados

De acuerdo con el artículo 44 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, con periodicidad anual, la ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón fijará el porcentaje mínimo del importe que han de alcanzar las reservas sociales en relación con el sector público autonómico. La ley de presupuestos también podrá concretar, en función del volumen de negocio, el área, el tipo de contratos y el sector específico de aplicación, teniendo en cuenta las actividades que desarrollen este tipo de centros o empresas.

En este contexto, la Ley 17/2023, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024, dispone en su artículo 60.c) que debe enviarse trimestralmente a la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública de las Cortes de Aragón, información relativa a: "Grado de cumplimiento, por organismo o entidad concedente, del porcentaje de contratos reservados a los efectos del artículo 7 de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón, según lo establecido en la disposición adicional decimoctava de la presente ley" (establece en el 3% el porcentaje mínimo de reservas sociales a aplicar sobre el importe total anual de su contratación de suministros y servicios precisos para su funcionamiento ordinario realizada en el último ejercicio cerrado).

 


 

2023


Última actualización: 06/02/2024
Frecuencia de actualización: Trimestral


 

AÑOS ANTERIORES

Acuerdo de Gobierno de Aragón de 5 de junio de 2018, por el que se acuerda reservar la participación en el procedimiento de adjudicación de contratos a Centros Especiales de Empleo. (PDF, 333 KB)

2018

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2022