Una vez se ha materializado la Interpelación, el Grupo Parlamentario que la pidió puede presentar una moción, un acuerdo sin carácter normativo ni vinculante en el que se pone de manifiesto la posición sobre lo que se expuso en la interpelación. La moción se someterá a votación en Pleno o en Comisión y permite conocer el posicionamiento de cada grupo parlamentario sobre la cuestión planteada.