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Denominaciones

  • PROTOCOLO GENERAL: Instrumento que se formaliza con el Estado en el que se establecen acuerdos de orientación política o de carácter programático o declarativo sin contenido vinculante y cuyo contenido no resulta jurídicamente exigible.
  • PROTOCOLO DE COORDINACIÓN: Son los acuerdos que se celebran con otras comunidades autónomas que tengan por objeto la declaración conjunta de intenciones o líneas de actuación política, el intercambio de información o la creación de órganos conjuntos de colaboración o coordinación.
  • CONVENIOS CON EL ESTADO: Son los convenio que la Comunidad Autónoma de Aragón suscribe con el Estado y tienen que cumplir objetivos de interés común. Estos instrumentos pueden adoptar la denominación de Protocolo General, Convenio Marco y Convenio de Colaboración.
  • CONVENIOS Y ACUERDOS CON OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS: La Comunidad Autónoma de Aragón puede suscribir convenio o acuerdos con la finalidad de fijar políticas comunes y tratar asuntos de interés recíproco en beneficio de sus ciudadanos.
  • CONVENIO MARCO: Instrumento que se formaliza con el Estado para establecer acuerdos de orientación política o de carácter programático o declarativo y cuyo contenido no es vinculante y su cumplimiento no resulta jurídicamente exigible.
  • CONVENIO DE COLABORACIÓN: Instrumento en el que se establecen obligaciones concretas delimitadas por las partes directa e inmediatamente exigibles.
  • ACUERDOS DE COORDINACIÓN: Son los acuerdos que se celebran con otras comunidades autónomas que tengan por objeto la declaración conjunta de intenciones o líneas de actuación política, el intercambio de información o la creación de órganos conjuntos de colaboración o coordinación.
  • ACUERDOS CON LA UNIÓN EUROPEA: Son los acuerdos de colaboración o convenios que puede celebrar la Comunidad Autónoma de Aragón con Entidades Públicas de otras regiones de la Unión Europa en asuntos de interés común o que celebre con las entidades públicas de las regiones europeas limítrofes para gestionar equipamientos y servicios públicos comunes.
  • ACUERDOS DE ACCION EXTERIOR: Son los acuerdos de colaboración que puede suscribir la Comunidad Autónoma de Aragón con entes públicos de otros Estados u organismos internacionales para la promoción y defensa de los intereses de Aragón en el exterior, especialmente en materia de investigación, desarrollo tecnológico, protección del medio ambiente, ayuda al desarrollo y apertura exterior de la economía aragonesa.