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Plan Anual de Inspección de Servicios

Consulta los planes anteriores junto con los informes relativos a su ejecución:


Fecha última actualización: 02/06/2021

La Inspección General de Servicios de la Comunidad Autónoma de Aragón ostenta el ejercicio de las competencias que en materia de inspección y calidad de los servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. En particular le corresponde:
a) La inspección del funcionamiento de los servicios.
b) Las funciones relativas a la evaluación de las políticas públicas y de la calidad de los servicios, y en general las relacionadas con la mejora de la calidad de la Administración, que le vengan atribuidas por la Ley de Calidad de los Servicios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma y por el resto de normativa que sea de aplicación.
c) El análisis, con carácter previo a su implantación, de los procedimientos administrativos y métodos, comprobando la eficacia práctica de las normas, manuales e instrucciones elaboradas por los distintos órganos de la Administración conforme a lo previsto en el artículo 46 de la Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y la propuesta a los órganos competentes de las modificaciones que se consideren más convenientes para su mejor funcionamiento.
d) La emisión de informe con carácter preceptivo sobre las propuestas de modificación de estructuras orgánicas de la Administración.
e) La emisión de informe con carácter preceptivo sobre la Oferta de Empleo Público.
f) El examen de la adecuación y correcta utilización de los medios materiales y espacios adscritos a los servicios inspeccionados.
g) El seguimiento de las quejas y sugerencias de los ciudadanos y las personas jurídicas en los términos establecidos en la Ley de calidad de los Servicios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
h) La promoción de aquellas actuaciones que favorezcan la integridad profesional y comportamientos éticos de los empleados públicos y de las organizaciones.
i) La tramitación de los expedientes en materia de incompatibilidad del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, sin perjuicio de las competencias que sobre el personal docente tenga atribuidas el Departamento correspondiente por razón de la materia.
j) Cualesquiera otras funciones que expresamente le encomienden el titular del Departamento o el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.

La Inspección General de los Servicios elaborará un Plan anual de Inspección de Servicios que someterá al Gobierno de Aragón para su aprobación, que incluye las acciones a desplegar durante dicho periodo de programación.